Deudas contraídas por mi hijo

A causa de las deudas contraídas por mi hijo, mi hija y yo (viuda) nos hemos visto obligadas a pagarlas en varias ocasiones pues estamos los tres en las escrituras de la vivienda propiedad que solo “él” disfruta y no afronta las cuotas de de la comunidad (90euros trimestre) por lo que nos requieren judicialmente la última contraída (994+intereses) con amenaza de embargo de la propiedad.
Mi hija y yo no soportamos más esta situación y queremos consultarle si es posible vender nuestra parte a un “tercero” (obvio que a él no le presta ninguna entidad por moroso) para que dejen de reclamarnos las deudas y poder a su vez pagar los préstamos solicitados por nosotras para poder pagar sus deudas.

Gracias por su tiempo

Un saludo cordial.

La solución más rápida es embargarle a su hijo la parte de su propiedad por los pagos que han hecho ustedes para pagar sus deudas; de esa manera ustedes consolidarían el pleno dominio del inmueble, y podrían vender y devolver los préstamos. Si no pueden llegar a una solución amistosa, no les va a quedar otra solución que demandar a su hijo.

Un saludo
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Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46004 (valencia)
Tel: 963 529 296

Compré una casa al 50% con mi ex pareja

Estimados amigos. Mi problema es el siguiente: Compré una casa al 50% con mi ex pareja y en el ultimo momento antes de la firma de la hipoteca el banco me dijo que necesitaba un avalista o garante por una cantidad, ya que la tasacion no cubria el total del dinero que necesitabamos. Mi padre acudio con nosotros y todo arreglado. La relacion con mi pareja se ha terminado y ella ha dejado de pagar, y no solo eso, sino que al intentar negociar con ella la compra de su parte. Descubro que por unas deudas suyas la casa tiene varios embargos pendientes, el banco me dice que para realizar cualquier tipo de operacion tengo que saldar esos embargos ya que mi ex no se hace cargo de ellos y dice no tener dinero ni bienes para afrontarlos, cosa incierta ya que por lo menos tiene o tenia un vehiculo a su nombre en la fecha de emision de dichos embargos. Por otro lado sabe que al estar mi padre de garante al primero que reclama el banco es a el. Yo no puedo pagarlo todo ¿no puedo obligarla a hacerse cargo de sus embargos para que la casa quede libre?¿en caso de saldar yo la deuda de mis padres con una amortizacion parcial,despues del embargo,la deuda que quede con el banco tambien es solidaria o hay alguna forma de que ella se haga cargo de una parte y yo de la otra? espero haberme explicado bien dado lo complicado del tema,muchas gracias por anticipado y espero su respuesta.

De tu mensaje deduzco que no estás casado, y en consecuencia el inmueble objeto de ejecución os pertenece pro indiviso al 50% con carácter privativo. Ante la situación que describes y pareciendo que está dentro de tu ánimo comprar a tu expareja su parte yo actuaría de la siguiente forma:

1º.- Propondría comprarle su 50% por el pasivo que le corresponde, llevando a cabo una disolución de la comunidad ante el Notario. Probablemente el banco no acepte la novación del préstamo hipotecario, y quiero decir, que tu ex se salga del préstamo, algo que es irrelevante mientras tu atiendas puntualmente los pagos del préstamo. Digo irrelevante porque los bancos no suelen poner pegas en tanto se pague, pero que sepas que contractualmente pueden dar el contrato de préstamo por resuelto y reclamar la totalidad del capital pendiente. Insisto no es lo habitual pero es posible.

2º.- Si ella se niega la mejor forma es reclamarle judicialmente la parte del préstamo que tu has pagado por ella, ya que ambos sois responsables solidarios; embargarle en ese procedimiento su 50% y adjudicártelo en subasta en el procedimiento de apremio; de esa manera adquieres el pleno dominio de la finca con subrogación de la carga anterior, es decir del préstamo, quedando como propietario único del inmueble. Es dudoso que alguien acuda a la subasta, pero aunque así fuera siempre podrás ejercitar tu derecho de retracto, y consolidar el pleno dominio.

Para ampliar la información no dudes en contactar con nosotros.
Un saludo
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Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46004 (valencia)
Tel: 963 529 296

Embargo de mis cuentas

HOY HE IDO A MI BANCO BBVA PARA SACAR DINERO, ME COMENTAN QUE TENGO UNA RETENCIÓN O EMBARGO DE 3000 EUROS QUE COINCIDE CON LA CANTIDAD QUE LE DEBO A OTRA ENTIDAD CETELEM DICHA ENTIDAD ME DENUNCIO PUES AL QUEDARME YO DESEMPLEADO ESTUBE UN TIEMPO SIN PAGAR LAS CUOTAS A TRAVÉS DEL JUZGADO ME PONGO EN CONTACTO CON CETELEM Y LLEGAMOS A UN ACUERDO DE PAGO, O SEA QUE TODOS LOS MESES ESTOY INGRESANDO DE 70 A 40 EUROS Y AHORA EL BBVA ME RECLAMA EL IMPORTE DE LA DEUDA INTEGRO 3000 EUROS DE CETELEM.

LO QUE MAS ME PREOCUPA ES QUE YO COBRO 700 EUROS DE PARO Y DE ESE DINERO ME DESCUENTAN LA HIPOTECA DE MI VIVIENDA ¿EL DIA 10 CUANDO COBRE ME QUITARAN TODO EL PARO? ¿NO PODRE PAGAR LA HIPOTECA?, PERDERE MI CASA…ES LEGAL QUE ME EMBARGUEN EL PARO INTEGRO.

MUCHAS GRACIAS, NECESITO QUE ALGUIEN ME AYUDE

Estimado Jose:

En primer lugar siempre que llegues a un acuerdo con tus acreedores para pagos parciales, por favor exige que te remitan un justificante de los términos del acuerdo; solo de esta manera tendrás fuerza para hacer valer ante un Juzgado la novación de la obligación, o lo que es lo mismo el nuevo plazo concedido. La mejor manera de defenderte es no ingresar en la cuenta dinero, y si quieren cobrar algo que te embarguen la prestación por desempleo. Cobrando 700 €, ten en cuenta que solo pueden embargarte 17,58 € mensuales; quien va a salir perdiendo con no respetar el acuerdo es el banco.

Un saludo

Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46002 (valencia)
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¿Sabías que es posible paralizar una ejecución hipotecaria ?

paralizar-ejecucion-hipotecaria¿Alguien te contó cuando firmaste tu hipoteca que si dejabas de pagar y aunque llegues a tener incluso fecha de subasta de tu casa podías pagar solamente las cuotas que debes y paralizarlo todo?

Pues bien, la ley de enjuiciamiento civil del año 2000, establece que siempre que sea domicilio habitual, puedes rehabilitar el préstamo hipotecario, cuando lo desees antes de que salga a subasta pública. Esto puedes hacerlo sólo una vez en toda la vida del hipotecario.

Deberás abonar las cuotas impagadas, los intereses que hayan generado y las costas del letrado del banco. Solamente eso, no tienes porqué pagar todo lo que te reclamen, los bancos pretenden que se lo abones todo como sea, pero otra cosa más, deben de volver a aceptarte como cliente sin rechistar.

Autor: E. Blazquez
Fuente: Prestamistas Particulares