Embargo de mi casa

Tuve que cerrar un negocio dejando de pagar creditos y la hipoteca de mi casa, tengo un socio al 50 % solidario y los creditos e hipotecas firmada con las mujeres, suponiendo que yo pudiera hacer frente a mi hipoteca me seguirán reclamando la parte de mi socio, con lo cual seria una tontería seguir pagando ya que al final me la embargarán igualmente, esa es mi opinión personal, actualmente ya el banco popular me reclama vía judicial el pago de toda la hipoteca más gastos, ¿qué se puede hacer?

Efectivamente como bien dices en tu mensaje al tratarse de deudores solidarios el banco podrá dirigirse contra uno o contra todos los deudores, por lo que el hecho de que tu pagues únicamente al banco la parte alícuota que te corresponde (el 50%) no impide al banco ejecutante seguir contra tu patrimonio, todo ello sin perjuicio de las acciones que a usted le corresponden contra su socio por la parte que hubiera pagado por él. Espero haberle ayudado, pero para afinar el diagnóstico necesito más datos.

Un saludo.

____________________________________
Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46004 (valencia)
Tel: 963 529 296

Compré una casa al 50% con mi ex pareja

Estimados amigos. Mi problema es el siguiente: Compré una casa al 50% con mi ex pareja y en el ultimo momento antes de la firma de la hipoteca el banco me dijo que necesitaba un avalista o garante por una cantidad, ya que la tasacion no cubria el total del dinero que necesitabamos. Mi padre acudio con nosotros y todo arreglado. La relacion con mi pareja se ha terminado y ella ha dejado de pagar, y no solo eso, sino que al intentar negociar con ella la compra de su parte. Descubro que por unas deudas suyas la casa tiene varios embargos pendientes, el banco me dice que para realizar cualquier tipo de operacion tengo que saldar esos embargos ya que mi ex no se hace cargo de ellos y dice no tener dinero ni bienes para afrontarlos, cosa incierta ya que por lo menos tiene o tenia un vehiculo a su nombre en la fecha de emision de dichos embargos. Por otro lado sabe que al estar mi padre de garante al primero que reclama el banco es a el. Yo no puedo pagarlo todo ¿no puedo obligarla a hacerse cargo de sus embargos para que la casa quede libre?¿en caso de saldar yo la deuda de mis padres con una amortizacion parcial,despues del embargo,la deuda que quede con el banco tambien es solidaria o hay alguna forma de que ella se haga cargo de una parte y yo de la otra? espero haberme explicado bien dado lo complicado del tema,muchas gracias por anticipado y espero su respuesta.

De tu mensaje deduzco que no estás casado, y en consecuencia el inmueble objeto de ejecución os pertenece pro indiviso al 50% con carácter privativo. Ante la situación que describes y pareciendo que está dentro de tu ánimo comprar a tu expareja su parte yo actuaría de la siguiente forma:

1º.- Propondría comprarle su 50% por el pasivo que le corresponde, llevando a cabo una disolución de la comunidad ante el Notario. Probablemente el banco no acepte la novación del préstamo hipotecario, y quiero decir, que tu ex se salga del préstamo, algo que es irrelevante mientras tu atiendas puntualmente los pagos del préstamo. Digo irrelevante porque los bancos no suelen poner pegas en tanto se pague, pero que sepas que contractualmente pueden dar el contrato de préstamo por resuelto y reclamar la totalidad del capital pendiente. Insisto no es lo habitual pero es posible.

2º.- Si ella se niega la mejor forma es reclamarle judicialmente la parte del préstamo que tu has pagado por ella, ya que ambos sois responsables solidarios; embargarle en ese procedimiento su 50% y adjudicártelo en subasta en el procedimiento de apremio; de esa manera adquieres el pleno dominio de la finca con subrogación de la carga anterior, es decir del préstamo, quedando como propietario único del inmueble. Es dudoso que alguien acuda a la subasta, pero aunque así fuera siempre podrás ejercitar tu derecho de retracto, y consolidar el pleno dominio.

Para ampliar la información no dudes en contactar con nosotros.
Un saludo
____________________________________
Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46004 (valencia)
Tel: 963 529 296

Ejecución Segunda Hipoteca

Tenemos mi esposa y yo casados con separacion de bienes un inmueble con dos hipotecas la 1º por un importe de 210.000 € y una segunda relativa a una refinanciacion con la misma entidad que la primera por 35.000€, el valor de salida a subasta es de 365.000 (tambien consta una carga por valor de 15.000 de una deuda no hipotecaria anotada por otro deudor con fecha posterior a la concesion de la segunda hipoteca).

puesto en antecedentes le remito mis preguntas

1º ¿porque se ejecuta la segunda hipoteca que es la de menor importe si las dos estan impagadas desde la misma fecha y a quien beneficia este proceder?

2º si finalmente el banco se la queda por el 50% si no hay postores, quedariamos liberados de las obligaciones respecto de la primera hipoteca.

por ultimo le agradeceria que aun entendiendo que con los datos aportados pueda ser un tanto dificil , nos facilitara un pronostico sobre el resultado de este procedimiento
agradeciendo su tiempo, reciba un saludo

En relación con su pregunta, salvo error ya que no he visto las escrituras, en el momento de constituirse la segunda de las hipotecas se pactaría la igualdad de rango de las mismas, lo que quiere decir que la misma jerarquía la primera que la segunda, dato que deduzco del tipo de la subasta y que usted llama como valor de salida. Revise su escritura y así podremos comprobar ese dato.

De ocurrir de esa manera la ejecución supondrá la cancelación de todas las cargas hipotecarias, y la purga o desaparición del embargo (que no significa que desaparezca la deuda). De no ser así, y se ejecuta solo la segunda hipoteca, el adjudicatario en la subasta se subrogará en las responsabilidades de la 1ª carga.

Por lo tanto e intentando concretar sus preguntas:

1º.- Mire por favor su escritura, ya que solo encuentro explicación a la actuación del banco si son del mismo rango, y una vez aclarado este extremo buscamos las motivaciones del acreedor.

2º.- El banco después de la última reforma se puede adjudicar el inmueble por el 60% de la Tasación, es decir por la cantidad de 219.000 €. Solo conociendo el capital pendiente, intereses de demora y costas podremos deducir si usted queda liberado o no de la deuda total. Fíjese igualmente que las hipotecas deben ser del mismo rango, porque de ejecutarse solo la segunda, no hay duda que de no concurrir postores con el 60% de la tasación se cubre con exceso el principal del segundo préstamo, intereses costas y el embargo de 15000 €, debiendo el banco poner a su disposición el diferencial. No creo que haya cometido ese error.

Espero de nuevo sus noticias y en base a las mismas, resolver sus dudas y orientarles en el procedimiento.

Un saludo
____________________________________
Vicente Penadés Cárcel
Abogado de Wilgest Credit
Pasaje Doctor Serra 2 Pta. 6
46004 (valencia)
Tel: 963 529 296